Estimados clientes y amigos,
A través del presente es un gusto informarles que de acuerdo a las obligaciones sociales impuestas a las Sociedades Salvadoreñas y de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio en su Art. 223, las sociedades deben celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS dentro de los cinco meses que sigan a la clausura del ejercicio social y conocerá, además de los asuntos incluidos en la agenda, de los siguientes:
1. La memoria de la junta directiva o del administrador único, el balance general, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio, y el informe del auditor externo, a fin de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzgue oportunas.
2. El nombramiento y remoción de los administradores y de los Auditores Externo y Fiscal, en su caso. Para el caso de nombramientos de los administradores y de los Auditores Externo y Fiscal, el Secretario de la junta general ordinaria, al expedir la certificación del acta respectiva, deberá hacer constar de manera expresa la aceptación de los electos en dichos cargos. En todo caso, las certificaciones del acta en que conste un nombramiento o una remoción de los administradores o de los Auditores Externo y Fiscal, deberán presentarse para el deposito en el Registro de Comercio y presentarse el nombramiento de Auditor Fiscal según sea el caso dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha del acuerdo respectivo.
3. Los emolumentos correspondientes a los administradores y a los Auditores Externo y Fiscal, cuando no hayan sido fijados en el pacto social.
4. La aplicación de resultados.
De tal modo que, para el tratamiento de los puntos antes señalados, el último día para celebrar dicha sesión y revisar los mismos, es el 31 de mayo del presente año.
De conformidad al Decreto Legislativo N°61 de fecha 15 de junio de 2021, publicado en el Diario Oficial N° 117 Tomo N° 431 del día 21 de junio de 2021, el cual entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial y sus efectos finalizaran el día 31 de diciembre de 2022, se aprobaron disposiciones transitorias para permitir la realización de Juntas y Asambleas Generales de las personas jurídicas, por videoconferencia u otros medios tecnológicos.
La normativa establece que las Juntas o Asambleas Generales de Accionistas de todo tipo de personas jurídicas, podrán realizarse por videoconferencia o mediante el uso de cualquier medio tecnológico que garantice las medidas de seguridad y confidencialidad para la participación de sus miembros, aplicando lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 258 del Código de Comercio.
Recordarles que estamos a sus órdenes para la correspondiente asesoría legal, gestiones pertinentes para la celebración de la Junta en referencia.
Para cualquier necesidad, los profesionales en el área corporativa estamos a su disposición. Para más información, pueden buscarnos a través de nuestros teléfonos detallados en nuestro sitio web www.mayora-mayora.com