Les informamos que, la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa ha emitido dictamen favorable a una propuesta de decreto que busca establecer un régimen especial de incentivos fiscales para nuevas inversiones o patrimonios cuyo valor supere los $2,000 millones de dólares.
La propuesta contempla declarar estos proyectos como de interés estratégico nacional, permitiendo su acceso a los siguientes beneficios:
- Exoneración del Impuesto sobre la Renta (ISR) respecto de utilidades, dividendos, regalías y ganancias de capital
- Exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces, aplicable a inmuebles destinados al proyecto
- Exoneración de impuestos municipales sobre el activo neto declarado
- Exoneración de derechos arancelarios en importaciones de bienes, maquinaria o insumos relacionados con la inversión
Este régimen aplicaría únicamente a nuevas inversiones y no sustituye los incentivos ya existentes en otras leyes sectoriales.
Para que una persona o empresa extranjera pueda registrar su inversión bajo este régimen, deberá presentar:
- Una solicitud ante el Ministerio de Economía, acompañada de los documentos oficiales que acrediten su constitución legal en el país de origen.
- Un resumen financiero elaborado por un contador público salvadoreño, que detalle el monto a invertir, así como demostrar que la inversión ha sido efectivamente trasladada al país.
Para acceder a los incentivos fiscales, los inversionistas deberán inscribirse en el Registro de Contribuyentes del Ministerio de Hacienda, conforme a lo regulado en los artículos 86 y 87 del Código Tributario. Posteriormente, deberán presentar un escrito ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dentro de los 30 días siguientes al inicio de sus operaciones, que incluya información detallada sobre la empresa o persona natural, el monto invertido o patrimonio trasladado, datos de contacto y el comprobante de registro ante el Ministerio de Economía.
La DGII dispondrá de un plazo máximo de 10 días hábiles para revisar la solicitud y emitir la resolución correspondiente. Una vez aprobado, el inversionista será reconocido oficialmente como beneficiario de los incentivos y estará obligado a informar cualquier cambio relevante, como entrada o salida de socios o modificaciones en datos registrados, dentro de los 10 días hábiles siguientes a dicho cambio.
El proyecto aún se encuentra en trámite legislativo, pero ya cuenta con el dictamen favorable de la Comisión de Hacienda, por lo que estaremos atentos a su posible aprobación por el Pleno de la Asamblea Legislativa, momento en el cual se definirán los procedimientos y requisitos específicos de implementación.
Quedamos a disposición para brindar asesoría sobre este proceso legislativo y su posible aplicación en la estructuración de proyectos futuros en el país. Puede contactarnos al correo: comunicaciones@mayora-mayora.com o en cualquiera de nuestros canales digitales.

