El día martes 8 de junio de 2021 la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó la Ley Bitcoin, por la cual El Salvador se convertiría en el primer país en adoptar dicha criptomoneda como de curso legal, dicha ley fue publicada en el Diario Oficial número 110, tomo 431, de fecha 9 de junio 2021.
Bitcoin, pertenece a las llamadas criptomonedas o monedas digitales, su mercado se mueve de conformidad a la oferta y demanda de los usuarios de la misma.
Antes de la aprobación de esta ley, el Bitcoin ya circulaba, aunque de manera muy limitada, en El Salvador, pues no estaba prohibido su uso, sin embargo, la ley agrega la obligatoriedad para recibirla como medio de pago.
La ley, que contiene 16 artículos, establece, en términos generales:
- El tipo de cambio será establecido libremente por el mercado.
- Contribuciones tributarias podrán ser pagadas en Bitcoin.
- Todo agente económico deberá aceptar Bitcoin como forma de pago, cuando así lo sea ofrecido por el adquirente del bien o servicio.
- Para fines contables se utilizará el dólar como moneda de referencia.
- El Estado proveerá alternativas que permitan llevar a cabo transacciones en Bitcoin, así como convertibilidad automática e instantánea de Bitcoin a dólar, estas serán especificadas en el Reglamento que se emita. Así mismo, el Estado garantizará, a través de la creación de un fideicomiso en el Banco de Desarrollo de El Salvador (BANDESAL) dicha convertibilidad automática e instantánea de Bitcoin a dólar.
- Según la ley, se deberá emitir normativa por parte del Banco Central de Reserva y la Superintendencia del Sistema Financiero.
- La ley entrará en vigencia noventa días después de su publicación en el Diario Oficial es decir, el día 7 de septiembre de dos mil veintiuno.
La Asociación Bancaria Salvadoreña (Abansa) declaró que “se encuentran analizando la Ley y esperando conocer el avance técnico y operativo de esta Ley, mediante el Reglamento y la normativa que emitan las autoridades correspondientes”, además indicó que “para fines contables se utilizará el dólar como moneda de referencia, por lo que los depósitos y los préstamos seguirán contabilizados en dólares” expresó en el comunicado publicado el día viernes 11 de junio.
Se espera que en este período antes de la entrada en vigencia de la ley se emitan las correspondientes normativas y reglamentos de aplicación de la misma.
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