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HONDURAS – Nueva obligación sanitaria para establecimientos turísticos según ARSA

Les informamos que, mediante el Acuerdo Número 0071-ARSA-2025, la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) ha emitido las Disposiciones Generales para la Regulación Sanitaria de Hospedajes y Centros Recreativos.

Este nuevo acuerdo establece la obligatoriedad de contar con una Licencia Sanitaria Especial para todos los establecimientos que operen en los sectores de hospedaje y recreación a nivel nacional.

Dicha normativa aplica a los siguientes tipos de establecimientos:

Hospedaje:

•    Resorts / Complejos turísticos
•    Hoteles
•    Bed and Breakfast
•    Hostales
•    Hotel Boutique
•    Apart-hoteles
•    Bungalós, villas, chalets
•    Viviendas, condominios y apartamentos turísticos
•    Glamping
•    Centros de retiro
•   Cualquier inmueble destinado al arrendamiento turístico (apartamentos, condominios, cuarterías, etc.)

Centros Recreativos:

•    Balnearios (piscinas urbanas, naturales, aguas termales)
•    Centros de eventos y convenciones
•    Clubes sociales
•    Parques acuáticos o turísticos
•    Fincas y haciendas turísticas
•    Centros turísticos en general
•    Piscina (con fines de entretenimiento, educativos, deportivos, terapéuticos y las que forman parte de restaurantes).

Instamos a todos los responsables de estos establecimientos a realizar oportunamente sus gestiones sanitarias, a fin de evitar sanciones y garantizar el cumplimiento de los nuevos lineamientos regulatorios.

En Mayora & Mayora S.C., estamos a su disposición para brindarles el acompañamiento legal necesario en la tramitación de estos permisos, así como orientación durante todo el proceso.

Quedamos atentos para apoyarles en sus consultas.

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